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La calidad de la leche es uno de los pilares
fundamentales de una industria lechera desarrollada y
comprende ganado sano bien alimentado y
criado, leche con una capacidad de conservación adecuada para su transporte
a la industria, y composición óptima. Las citadas cualidades redundarán
en beneficio de todos:
• al productor, ya que recibirá mayores ingresos económicos
por una mayor producción de leche, evitando
pérdidas de todo orden y en los casos en que
exista un pago de leche en base a la calidad,
mayores ingresos por este concepto,
• para la industria lechera, debido a que la calidad de la
leche resultará de un nivel tal que no será necesario el desvío de suministros insatisfactorios a otros
usos, mayor valor de utilización y mejor calidad de los productos terminados,
• para el consumidor porque recibirá un producto de alto
valor nutricional y sin riesgo para la salud.
Lo anterior establece claramente un incentivo importante para
que no tan sólo la industria lechera, sino que también organismos
de salud y el propio gobierno, se inclinen hacia la implantación del pago de
leche en base a la calidad como una medida integradora a nivel nacional,
que permita alcanzar los beneficios anteriormente señalados.
11.1. Sistema de pago de leche cruda en base a su calidad
Un requisito fundamental consiste en la necesidad de que los
esquemas de pago sean claros, simples, fáciles de entender y
ampliamente conocidos y comprendidos particularmente por los productores y las
industrias.
Previo a la
iniciación de un esquema de pago de leche según calidad,
deben existir y conocerse el conjunto de medidas y procedimientos técnicos
adecuados, conducentes a la producción de leche de buena calidad.
Sólo así podrá cada productor tener opción a mejorar la calidad de
la leche y tener acceso a los premios pagados. Estas mismas medidas producen,
además de un mejoramiento en la calidad, una mayor producción de
leche.
Por otra parte,
si la calidad de la leche es determinada a nivel de recepción
en la industria, debe asegurarse que ésta cautele aquellos factores
de su responsabilidad y que afectan a la calidad de la leche, tales como:
adecuada higienización de tarros, racionalización de recorridos de recolección
de la leche y recepción organizada de la misma. La alternativa es
que la determinación de la calidad de la leche esté a cargo de laboratorios
centrales, independientes del poder comprador, lo
que implica un menor gasto en infraestructura
y una confianza mayor por parte del productor, en cuanto
a la evaluación de la calidad de su leche.
Finalmente, debe
señalarse que recae en el Estado la responsabilidad
de oficializar y reglamentar el esquema y controlar su aplicación.
Las
consideraciones siguientes están extractadas del documento ITCL
II Seminario de Análisis del Sector Industria Lechera. 10-12 Junio de 1976.
Von Baer, H.; Pinto, M. y Vial, F.
11.1.1. Introducción
La simple
definición fisiológica común o legal de leche no basta para
evaluar la calidad de la materia prima a adquirir desde el momento que
se considera la leche como una materia prima para el abastecimiento
de unidades industriales.
Las variaciones
de composición debidas a los factores humanos que
influyen en el manejo y la producción o debidas a las condiciones climáticas
y factores fisiológicos normales de los animales que intervienen
en la secreción determinan, desde luego, la necesidad de adoptar
una clasificación que permita apreciar las leches según sus características
propias y según el valor que puedan tener en relación a
la utilización que se les pretende dar.
La controversia
sobre este aspecto tan discutido de la industria lechera
es grande y aunque se reconoce que el sistema de pagar la leche
exclusivamente por su volumen es inadecuado, no se ha conseguido
hasta hoy unanimidad de puntos de vista sobre el método de
valorización más recomendable (Keating, 1964).
11.1.2. Valor alimenticio de la
leche
La necesidad de
atender la creciente demanda de alimentos para una
población mundial en expansión tiende a eclipsar la necesidad paralela
de que la calidad de los alimentos responda a los requisitos nutricionales
establecidos. La falta de proteínas de alta calidad es una
de las deficiencias fundamentales del alimento consumido por la mitad
de la población mundial.
La leche es la
única materia proporcionada por la naturaleza para servir
exclusivamente como fuente de alimentación. Por lo tanto, un factor
fundamental que influye en el valor y la aceptación universal de la
leche es la imagen que ésta presenta: la de una posibilidad nutricional
no superada por ningún otro alimento utilizado
por el hombre.
Las proteínas
que contiene la leche son ideales, tanto por su calidad como
por su equilibrada composición, para satisfacer las necesidades de
aminoácidos del hombre. Su contenido de minerales y vitaminas es
excepcional, no sólo en proporción, sino en cantidad. Dejando aparte la
vitamina C y el hierro, la leche puede considerarse como una fuente segura
de nutrientes para el crecimiento y desarrollo de la población humana
(FAO, 1973).
11.1.3. Conceptos de calidad de
leche
Se habla frecuentemente de calidad, pero no
siempre se atiende al significado completo
y al concepto verdadero de este término. Por una
parte, la leche al ser secretada, adquiere en cada caso individual, ciertas
características físico-químicas que determinan su composición. Por
otra parte, hay que tener en cuenta el estado de salud del animal productor
ya que la leche, así como puede ser un excelente alimento puede
también constituir un peligroso medio de difusión de enfermedades.
Mientras los métodos racionales empleados en la producción
hacen de la leche un producto de alta higiene, la falta o imperfección
de estos métodos puede dar lugar a una substancia malsana
y repugnante. Es por ello que generalmente se reconoce que,
para ser aceptable, una leche debe tener buena conservación, estar
exenta de agentes patógenos y tener buena apariencia, alto valor nutritivo
y estar limpia y libre de materias extrañas y suciedades (Keating,
1964).
11.1.4. Fundamentos para el pago de leche según calidad
11.1.4.1. Principios básicos
Definición de calidad de leche. Para definir el
concepto de calidad de leche deben tenerse
presente los siguientes factores:
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Calidad de composición |
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Materia Grasa
Sólidos no grasos
|
 |
Proteína
Lactosa
Vitaminas
Minerales |
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Calidad Higiénica |
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Microorganismos Patógenos
Toxinas
Residuos Químicos
Microorganismos saprófitos
Células somáticas
Materias Extrañas
Condiciones organolépticas |
|
|
11.1.4.2. Objetivos de un pago
de leche según calidad.
• asegurar a los productores un
pago equitativo de la leche que suministran
a la industria compradora de acuerdo a la calidad real
del producto,
• producir, mediante el pago
diferenciado por calidad, el estímulo económico
necesario para lograr un mejoramiento efectivo de la
composición del producto y de sus condiciones higiénicas.
11.1.4.3. Premisas fundamentales a
tener en cuenta para asegurar el
éxito de la aplicación de un sistema de pago de leche
por calidad.
El pago de
leche cruda según su calidad ha constituido en todos
los países con una actividad lechera desarrollada, una herramienta
fundamental para alcanzar niveles de excelencia en cuanto
a volumen de producción total, la calidad y éxito comercial de sus productos
lácteos.
La historia del
éxito o fracaso de planes de pago en base a
calidad, indica que no existe esquema perfecto y que todos los programas
aplicados pueden ser susceptibles de crítica. Sin embargo, es
útil aprovechar la experiencia de aquellos programas o esquemas
que han tenido éxito por estar basados, no en un plan teórico
de metas ideales, sino que fundamentados en las condiciones
objetivas muy propias y particulares del respectivo país
o región y en la adaptación períodica de acuerdo a la evolución experimentada
por dichas condiciones.
La experiencia
recogida en estos países, resumida en varias
publicaciones entre las que destacan las realizadas por la FAO,
hacen especial hincapié en la necesidad de cumplir una serie de
premisas fundamentales para asegurar el éxito en la aplicación de
este sistema, entre las que se destacan:
11.1.4.3.1. Aplicación
simultánea.
Como aspecto fundamental se indica la
aplicación simultánea del sistema que
se adopte, ya sea a nivel regional, zonal
o nacional, de tal modo que todos los compradores de leche respeten los
mínimos establecidos para aplicar
premios, precio normal o deducciones. Sin
perjuicio de lo anterior una industria puede
incorporar exigencias de calidad adicionales,
según sus rubros específicos de producción
y mercado.
11.1.4.3.2. Uniformidad.
Un sistema de pago de leche, debe cumplir
con el requisito de ser uniforme para
todos los productores que entregan leche
a determinada planta. Esto es, no se debe
discriminar en el precio entre los productores
pertenecientes a una misma planta y que tengan
las mismas características de: calidad,
distancia y volumen de entrega.
11.1.4.3.3 Ajuste permanente.
Otro aspecto básico es la necesidad de
ajustar permanentemente el sistema de
forma que, una vez alcanzadas las metas
fijadas para una etapa, se determinen
nuevas metas y se ajuste el esquema a ellas.
Un sistema estático, no modificable con agilidad, implica
el riesgo de ser inoperante a corto plazo o no corregible
en las imperfecciones que se detecten en una
primera etapa de aplicación.
Para ello es indispensable constituir,
desde el momento en que se decida la
aplicación de un sistema de pago de
leche según calidad, una instancia que pueda
evaluar períodicamente los resultados
obtenidos y ajustar adecuadamente los
niveles de calidad exigidos para las
distintas categorías de leche, para así
producir progresivamente un mejoramiento efectivo
de la calidad de este producto.
11.1.4.3.4. Claridad y difusión.
Como otro requisito fundamental se
plantea la necesidad imperiosa de que los
esquemas de pago según calidad sean
claros, simples y fáciles de entender y
ampliamente conocidos y comprendidos particularmente
por los productores y las industrias.
11.1.4.3.5. Medidas técnicas.
Previo a la iniciación de un esquema de
pago de leche, según calidad, deben
existir y conocerse el conjunto de
medidas y procedimientos técnicos adecuados
conducentes a la producción de leche de buena
calidad. Sólo así podrá cada productor tener opción
a los premios pagados por calidad. Estas mismas
medidas producen, además de un mejoramiento
en la calidad, una mayor producción de leche.
11.1.4.3.6. Responsabilidad sobre la calidad.
Por otra parte si la calidad de la leche
es determinada a nivel de recepción en
plantas, debe asegurarse que la industria
cautela aquellos factores de su responsabilidad
y que afectan a la calidad de la leche, tales
como: adecuada higienización de
tarros, racionalización de
recorridos de leche y recepción de
la misma.
11.1.4.3.7 Papel del Estado.
Finalmente,
se hace presente que recae en el Estado
la responsabilidad de oficializar y reglamentar el
esquema y controlar su aplicación, pudiendo delegar esta
última responsabilidad.
11.2. Pago de la leche según
calidad en Chile.
A título de
ejemplo, es interesante ver en detalle un sistema existente
de pago de la leche cruda según su calidad, en este caso específico
en la República de Chile.
Si bien en Chile
las industrias procesadoras de leche no basan su pago
de leche, en forma obligatoria, de acuerdo a un esquema reglamentado
por el Estado, sí están obligadas a clasificar las leches en base
a su calidad a la recepción.
Para los fines de
pago, cada industria puede o no recurrir a la clasificación
que señala el Estado y de hecho la mayoría lo hace, incluyendo en
ésta otros elementos de juicio como por ejemplo: refrigeración de la leche,
ordeño mecánico, asistencia médico veterinaria, vacunación del ganado,
etc. y, obviamente, porcentaje de materia grasa y volumen.
Si bien la
situación ideal de aplicación, de acuerdo a los principios generales,
hubiera sido que todas las industrias aplicaran los parámetros y
categoría que indica la Ley, los resultados en la práctica en cuanto a una
mejora de la calidad resultan muy alentadores lo que
ha obligado a los organismos involucrados en
el seguimiento del esquema a revisar las exigencias
del mismo con el fin de aumentar los requisitos, en cuanto a categorías
se refiere, con el fin de dar cumplimiento al punto 11.1.4.3.3. en el
que se establece que una vez alcanzada una meta para una etapa se deben
determinar nuevas metas a futuro, con el objeto de mantener una mejora
constante de la calidad de la leche.
11.2.1. Reglamento Específico
para la Determinación de la Calidad de
la Leche Cruda. Ministerio de Agricultura de Chile.
El 5 de junio de
1979, de acuerdo al Decreto Supremo N°271 aparece
publicado en el Diario Oficial el Decreto que aprueba el Reglamento
Específico para la Determinación de la Calidad de la Leche Cruda.
De acuerdo al
Título I, Artículo 1°, se expresa que el presente Reglamento
tiene por objeto determinar la metodología de muestreo y análisis
para efectuar las pruebas de recepción y clasificación de la leche,
los requisitos de establecimiento y funcionamiento de los Laboratorios
Oficiales y las demás materias técnicas necesarias para la
aplicación del Decreto Supremo 271, del 28 de agosto de 1978, que fijó
el sistema de control y clasificación de la leche según calidad.
11.2.1.1. Recepción de la leche.
En el Artículo
5° del Título II, dentro de otros específicos, se
establece de manera especial que las plantas sólo podrán recibir leches
que:
1. Tengan olor y aspectos normales,
que no presenten alteraciones de textura,
signos de sangre, pus o leche calostrales y
ausencia de materias extrañas y coagulaciones.
2. Ser negativas a la prueba de
alcohol, esto es, no presentar coagulación a
68% (v/v) de concentración de alcohol.
Nota: En el Artículo 6° del mismo
título, se indican los métodos y procedimientos
para la verificación de las características indicadas en
el Artículo 5°.
11.2.1.2 Clasificación de la leche.
En el Artículo
10° del Título III se establece que la leche recibida
por las plantas deberá ser clasificada de acuerdo a sus Consideraciones
finales características
de calidad dentro de las tres categorías o clases siguientes:
Leche Clase A: se
clasificará dentro de esta categoría a la leche que
reúna las siguientes características:
Tiempo de Reducción del Azul de
Metileno (TRAM): Igual o mayor de 3 horas.
Contenido de células somáticas:
grado negativo del C.M.T. o contenido de
células somáticas no superior a 500 000 por ml de leche.
Densidad: Igual o mayor a
1,029 g/ml (20°C).
Leche Clase B: se
clasificará dentro de esta categoría a la leche que
reúna las siguientes características:
Tiempo de Reducción del Azul de
Metileno: de igual o mayor de 1 hora a
menos de 3 horas.
Contenido de Células Somáticas:
grado trazas y 1 de C.M.T. o contenido de
células somáticas entre 500 000 y 1 000 000 por ml de
leche.
Densidad: igual o mayor a
1,029 g/ml (20°C).
Leche Clase C: se
clasificará dentro de esta categoría la leche que
reúna las siguientes características:
Tiempo de Reducción del Azul de
Metileno: menor a 1 hora.
Contenido de Células Somáticas:
grado 2 y 3 del C.M.T. o contenido de
células somáticas superior a 1 millón por ml de leche.
Densidad: inferior a 1,029
g/ml (20°C).
Nota:
En los Artículos 11° y 12°
se especifica la metodología para el
TRAM y Células Somáticas y en el Artículo 13° para
Densidad.
11.2.1.2.1. Sustancias inhibidoras,
aguado o cualquier tipo de fraude.
El
Artículo 14° del Título
III establece que la leche recibida por
las Plantas debe estar exenta de sustancias
inhibidoras, aguado y cualquier
tipo de fraude y
su punto crioscópico debe
estar dentro del rango de - 0,530 a - 0,570°C.
La infracción a esta disposición
faculta a las Plantas para aplicar descuentos
al productor infractor.
Nota:
En los Artículos 15° y 16°
se establecen los métodos para
la detección de lo establecido precedentemente.
11.2.1.2.2. Frecuencia de análisis.
En
el Artículo 17° del
Título III se establece que la
frecuencia
mínima con que las Plantas deberán efectuar los análisis
debe ser la siguiente:
•
TRAM, una vez a la quincena.
•
Células Somáticas: una vez en la quincena.
•
Densidad: una vez en la quincena.
•
Inhibidores: una vez al mes.
•
Crioscopía: una vez al mes.
11.2.2. Mejora en la calidad de la
leche por efecto de la aplicación del
Reglamento Específico.
Lamentablemente
aún no se cuenta con datos oficiales que cuantifiquen
el efecto sobre la calidad que ha tenido la aplicación del Reglamento.
Es por ello que se considera válido citar como ejemplo al respecto,
lo informado en el Seminario FIL. sobre Garantía de Calidad por
el Sr. Raymundo Royo.
El referido
informe entrega antecedentes sobre el efecto observadoen una Planta Lechera de
la Provincia de Valdivia, estableciendo que el avance observado desde el inicio
del sistema indica un desplazamiento hacia la Clase A de las Clases B y C.
Expresa también que los resultados obtenidos demuestran que el esquema de
clasificación de leche por calidad acompañado de un sistema de pago, se hace
realmente efectivo debido a que, en un tiempo relativamente corto, los
productores tanto grandes como pequeños mejoran la calidad de su leche al
tratar de obtener un mejor precio.
Finalmente dice
que, en el medio rural en el cual se desarrolla la producción de leche en
Chile, es doblemente meritorio este cambio de actitud en el productor ya que,
con medios relativamente rudimentarios, logra mejorar su calidad de leche.
LITERATURA CITADA:
FAO. Estudios Agropecuarios N°
89. Pago de Leche según la Calidad
Roma. 1973.
Keating, P. El pago de la leche en función de la calidad. FAO.
1964. TR-La/64/2-s.
Ministerio de Agricultura de Chile. Reglamento específico
para la determinación de la calidad de
leche cruda. Diario Oficial de la República
de Chile. Jueves 27 de Septiembre de 1979. N°
30.475. pp
9-11.
Royo, R. Clasificación y pago por calidad de leche a
productores. Presentado en Seminario
FIL-Valdivia. Noviembre 1983.
Von Baer, H.; Pinto, M. y Vial, F. Doc. ITCL. II Seminario de
Análisis del Sector Lechero. 10-12 Junio
de 1976. Valdivia. UACH.
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